Normativa Junta de Castilla y León de cara a la Media Veda.
Campaña antirrábica y desparasitación de la especie canina.
Teniendo en cuenta que el próximo día 15 de agosto comienza la Media Veda de Caza en la Comunidad de Castilla y León, recordamos que en el BOCYL de fecha 7 de julio de 2016 se publicó la Orden AYG/610/2016, de 31 de mayo en el que entre otras cuestiones se regulan las campañas de lucha antirrábica y la desparasitación de la especie canina.
En el capítulo IV, el artículo 10. Especies animales objeto de las campañas y pauta vacunal indica:
1.- Serán objeto de vacunación antirrábica todos los perros de más de tres meses de edad.
2.- Se establece la revacunación obligatoria de los perros con periodicidad ANUAL.
4.- La desparasitación contra Echinococcus granulosus será obligatoria en los perros de más de tres meses de edad, y en especial, en aquellos dedicados al pastoreo. La desparasitación se realizará mediante la administración de un antihelmíntico farmacológicamente activo y oficialmente autorizados.
5.- El tratamiento tendrá una periodicidad mínima de seis meses, siendo recomendable la desparasitación trimestral, mediante prescripción veterinaria, por parte de los propietarios.
6.- La realización de la desparasitación deberá quedar reflejada en la sección correspondiente del pasaporte del animal.
Habiendo consultado a los técnicos de la Junta de Castilla y León nos comunican que -en el momento que el perro está en Castilla y León tiene que cumplir la normativa de la Comunidad-.